La Agencia Antidopaje (denominada oficialmente como Agencia para la prevención de la salud en el deporte) envió una propuesta de sanción a Ilias Fifa, el campeón europeo de los 5,000 metros planos, de cuatro años por posesión de sustancias dopantes.
Según consta en el informe policial, se encontraron en el domicilio del deportista español de origen marroquí viales de Eprex (Epo), Actovegin (el plasma de ternera que eleva el oxígeno en la sangre), anabolizantes de fabricación casera, hormonas de crecimiento, TB-500 (un péptido mágico inyectable que incrementa la masa muscular y reduce el dolor), cajas de TAD-600 (un blanqueador de la piel que se utiliza como enmascarante) y Ferlixit (Ferrogluconato sódico indicado para las anemias).
Las alegaciones de Ilias Fifa exponen que solo había un producto prohibido, el Actovegin, y que era para consumo del hermano del atleta, Munir, que practica el fisicoculturismo en un gimnasio. El resto de medicamentos, según la defensa del atleta, eran «suplementos vitamínicos». A Ayoub Mokhtar, campeón de España de 3.000 metros en pista cubierta en 2016, le ha llegado la misma propuesta de sanción.
Hay dos procedimientos en marcha en el caso de Ilias Fifa: el administrativo, que dirige la Agencia Antidopaje, y el penal, que lleva el Juzgado número 4 de Mataró. Por la vía administrativa se expone el fondista a esta sanción, recogida en el vigente Código Mundial de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). La posesión de medicamentos prohibidos, sin el respaldo de una receta médica, está considerada como un positivo, aunque el implicado no lo use. Por vía penal, es diferente. La ley antidopaje española no castiga la posesión, sino el tráfico. Y Fifa fue detenido por la Policía Nacional como presunto cabecilla de una red de distribución ilícita de productos ilegales en España. Por tráfico, sin embargo, ningún deportista puede recibir una multa administrativa en España.
Foto: Michael Kooren – Reuters